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Título IX

El Título IX es una ley federal que prohíbe la discriminación por motivos de sexo contra todas las personas que interactúan con los programas o actividades educativas del Distrito, incluido el empleo en el distrito.

La discriminación sexual incluye el acoso sexual, el acoso por motivos de género, la violencia sexual, la discriminación por embarazo y la falta de igualdad de oportunidades en el empleo, la admisión, la matriculación o cualquier programa o actividad educativa.

Las Escuelas Públicas de Milwaukee no discriminan por motivos de sexo y prohíben la discriminación sexual en cualquier programa o actividad educativa que lleven a cabo, tal y como exige el Título IX, incluyendo las admisiones y el empleo.

Denuncia de acoso sexual/discriminación

Cualquier persona puede denunciar la discriminación sexual, incluido el acoso sexual (independientemente de si la persona que denuncia es la presunta víctima de una conducta que podría constituir discriminación sexual o acoso sexual), en persona, por correo postal, por teléfono o por correo electrónico, utilizando la información de contacto que figura para el coordinador del Título IX.

Los informes también pueden enviarse al administrador del Título IX de la escuela o por Internet.

Utilice el formulario de denuncia del Título IX de MPS.

Dicho informe puede realizarse en cualquier momento (incluso fuera del horario laboral).

Nota: Los informes no se revisan fuera del horario laboral, los fines de semana ni durante las vacaciones escolares o los recesos.

Proceso de reclamación

Las Escuelas Públicas de Milwaukee han adoptado procedimientos de reclamaciónque garantizan la resolución rápida y equitativa de las denuncias presentadas por alumnos, empleados u otras personas que participen o intenten participar en su programa o actividad educativa, o por el coordinador del Título IX, en las que se alegue cualquier acción que esté prohibida por el Título IX o por la normativa del Título IX.

Después de que se haya presentado una denuncia por acoso sexual, se contactará a la persona afectada por la presunta conducta indebida y se le proporcionarán medidas de apoyo, la oportunidad de discutir la política de quejas y/o la oportunidad de presentar una denuncia formal si la conducta cumple con la definición de acoso sexual del Título IX.

Si el denunciante intenta resolver el asunto en el centro educativo y no queda satisfecho, también puede presentar una denuncia por escrito directamente ante el coordinador del Título IX del distrito. Esto dará inicio al proceso de investigación, que deberá completarse en un plazo de entre 10 y 15 días. Si se presenta una denuncia formal, se tomarán las medidas oportunas para investigar el caso.

Una vez completada la investigación, el resultado se comunicará a todas las partes interesadas pertinentes. Se puede presentar una apelación contra las conclusiones del coordinador del Título IX del distrito ante:

Oficina de Derechos Civiles, Departamento de Educación de los Estados Unidos
Edificio Conmemorativo César E. Chávez
1244 Speer Boulevard, Suite 310
Denver, CO 80204-3582
 

Aviso de no discriminación

Es política de las Escuelas Públicas de Milwaukee que no se le niegue a ninguna persona la admisión a ninguna escuela pública de este distrito, ni se le niegue la participación en, o los beneficios de, o se le discrimine en, cualquier programa o actividad curricular, extracurricular, servicio estudiantil, recreativo u otro programa o actividad debido al sexo, raza, color, origen nacional, ascendencia, credo, religión, embarazo, estado civil o parental, orientación sexual o discapacidad física, mental, emocional o de aprendizaje de esa persona, según lo exige la sección 118.13; Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972 (sexo); Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (raza, color y origen nacional); y sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 (discapacidad).

Personal del Título IX

20 USC. §§1681-1688 (Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972) y 34 C.F.R. Parte 106, reglamentos de aplicación (en conjunto, «Título IX») exigen a los beneficiarios que publiquen todos los materiales utilizados para formar a los coordinadores, investigadores, responsables de la toma de decisiones y cualquier persona que facilite un proceso de resolución informal del Título IX. Esta formación debe ponerse a disposición del público para su inspección.

Investigadores capacitados en el Título IX

  • Morgan Coleman
  • James Dunn
  • Yvonne Perry
  • Andre Robinson
  • Yashica Spears
  • Kimberly Wood

La formación del equipo del Título IX del distrito es un proceso continuo. El equipo del Título IX de las Escuelas Públicas de Milwaukee ha completado toda la formación necesaria para investigar posibles infracciones del Título IX. A continuación se enumeran los elementos de formación completados por el equipo del Título IX.

Para más información

Si tienes alguna duda, ponte en contacto con el coordinador del Título IX de MPS:

Catherine Coleman, directora del Título IX y de Protección del Estudiante
Correo electrónico:titleix@milwaukeepublicschools.org
Teléfono: (414) 475-8449